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lunes, 20 de agosto de 2018

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DEBERES FORMALES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS UNIPERSONALES DE LA ZONA, 16 DE JULIO – EL ALTO


INTRODUCCIÓN
El Servicio de Impuestos Nacionales de acuerdo a sus normas exige ciertas formalidades y obligaciones a todas las personas Naturales o Jurídicas, las sanciones por el incumplimiento de deberes formales establecidas para el Régimen General, se divide por el tipo de contribuyente.
·         Persona Natural, Empresa Unipersonal y Sucesión indivisa.
·         Persona Jurídica
La falta de cumplimiento a los deberes formales en materia tributaria por parte del Contribuyente  puede tener como razones la falta de orientación o asesoramiento de las normas establecidas actualmente bajo la Ley Nº 2492 y la más importante la Ley Nº 843. Ya que la mayoría de los contribuyentes desconocen dichas leyes.
Además que es preocupante que ante tanta presión por parte de la Administración Tributaria se siga continuando de manera radical sancionando a establecimientos por este motivo.
Según las evidencias podría apuntar a la falta de cultura tributaria, la carencia de control por parte de los servidores de la Administracion Tributaria o desconocimiento de la Ley, la falta de asesoramiento o las omisiones involuntarias.
El impacto del incumplimiento de los deberes formales por parte del contribuyente se traduce en la aplicación de sanciones por parte del Servicio de Impuestos Nacionales y a su vez, esta situación va deteriorando la estructura y la economía de un establecimiento, por esta razón es importante identificar las causas que ocasionan esta conducta en el contribuyente, para así poder planificar acciones programáticas que permitan atacar a las mismas.
En la investigación se planea como propósito principal analizar las causas principales las cuales conllevan al contribuyente a no cumplir con sus deberes formales ante la Administración Tributaria SIN. Las empresas unipersonales que recién van iniciando su actividad económica comercial  o empresas que tienen un año de funcionamiento, las que tienen inscripción en Servicio de Impuestos Nacionales pero que están fuera del Régimen al que le corresponde ya que podría ser que tienen un capital menos o más a lo indicado por Régimen. Empresas ubicadas en la Zona 16 de Julio de la Ciudad de El Alto y que cuenten con un capital o patrimonio mayor a Bs 37.000.- e ingresos mayores anuales de Bs 136.000.- son las que deberían ingresar al Régimen General.
En varios casos de las empresas el efecto puede ser significativo, al incurrir en la omisión tributario no cumplir con las obligaciones que tiene el contribuyente3, la cual al final les lleva a pagar una multa y/o sanción correspondiente que en algunos casos son montos elevados para el mismo contribuyente. Llegando a ser en algunos casos mayor a sus ingresos percibidos y por ende impide al contribuyente seguir creciendo económicamente y como resultado dejar sin funcionamiento con su empresa quedando limitada por deudas con la Administración Tributaria y declarándose en quiebra dicha empresa.



PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Las personas naturales deberían tener conocimiento de sus obligaciones tributarias de acuerdo al Régimen que pertenecen, para este caso las Empresas Unipersonales que se encuentran dentro de estas características principales. Tener un patrimonio mayor a Bs 37.000.- e ingresos mayores anuales de Bs 136.000.- están dentro del Régimen General, así como el cumplimiento de las mismas en los plazos establecidos, mas aun si estas empresas unipersonales están iniciando su actividad comercial.
Es importante para el contribuyente estar informado acerca de las obligaciones tributarias a la cual está sometido con el fin de poder cumplirlas y de esta forma poder evitar multas y/o sanciones, y enfrentar futuras fiscalizaciones.
El incumplimiento a sus deberes formales por parte del contribuyente originara sanciones de acuerdo a las Resoluciones Normativas emitidas por la Administración Tributaria.
La posible causa al incumplimiento de los deberes formales del contribuyente podría tener una justificación que es el desconocimiento de la norma, por omisiones involuntarias o por tener un mal asesoramiento tributario, lo cual no lo exime de las sanciones o multas. Todo lo cual podría involucrar deficiencias en la implementación de programas de educación de cultura tributaria.
El análisis al cumplimiento de los deberes formales por parte de los contribuyentes de empresas unipersonales que inician su actividad económica en la Zona 16 de Julio de El Alto.


FORMULACION DEL PROBLEMA
¿Cuáles son las Obligaciones Tributarias y deberes formales ante la Administración Tributaria en las pequeñas empresas unipersonales de la Zona 16 de Julio de El Alto?

¿Qué mecanismos se pueden implementar para formar cultura tributaria en las pequeñas empresas unipersonales de la Zona 16 de Julio de El Alto?

PLANTEAMIENTO DE OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Analizar las Obligaciones Tributarias y deberes formales ante la Administración Tributaria en las pequeñas empresas unipersonales de la Zona 16 de Julio de El Alto.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
  • ·         Determinar cuáles son los deberes formales que deben cumplir los contribuyentes de las pequeñas empresas unipersonales y porque  ellos mayormente sancionados.
  • ·         Analizar el asesoramiento tanto de conocimientos y contables (tributario) que tienen los contribuyentes de las pequeñas empresas unipersonales de la Zona 16 de Julio de El Alto.
  • ·         Localizar las causas del por qué los contribuyentes incurren en el incumplimiento de los deberes formales establecidos en la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0031-16 (Régimen de Sanciones y Procedimiento por Contravenciones Tributarias de 25 de Noviembre de 2016).


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MONOGRAFÍA LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y LOS DEBERES FORMALES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS UNIPERSONALES DE LA ZONA, 16 DE JULIO – EL ALTO – LA PAZ

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